Liquidación

Venta con carácter excepcional para extinguir existencias de productos, por alguno de estos motivos: cese total o parcial de la actividad, cambio en el ramo de comercio, obras o traslados o cualquier otro motivo de fuerza mayor. La duración máxima será de tres meses, excepto en el caso de cese de negocio (hasta un año).

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